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Garantías para ambas partes

Banco

Garantías y avales para el banco:

• La hipoteca es un derecho real de garantía que da el banco sobre un inmueble con la facultad de expropiarlo si el prestatario es insolvente. El registro de una hipoteca sobre un bien inmueble es requerido por ley en el momento de la escritura, y tiene una duración determinada, siempre y cuando éste no haya sido devuelto en un periodo de tiempo inferior. Si al finalizar el plazo de pago de la hipoteca la deuda no ha sido reembolsada en su totalidad, se puede solicitar otra hipoteca sobre el mismo inmueble.
• En ocasiones, el banco puede exigir una garantía por parte de un tercero, quien tendrá la obligación de hacerse cargo de la devolución del préstamo en caso de insolvencia del prestatario.
• El banco establece por contrato una serie de intereses de demora que deberán pagarse si la cuota mensual se abona con retraso.
 

Cliente

Garantías y avales para el cliente:

• Una hipoteca con las condiciones adecuadas a sus necesidades.
• Una póliza de seguro de la vivienda obligatoria por ley.
• Puede ser requerido por el banco o solicitado por el propietario del inmueble un seguro adicional para cubrir los posibles riesgos de la propiedad (pólizas de seguro de daños) o al solicitante de la hipoteca (seguros de vida).
• El inmueble puede ser objeto de diversos riesgos (daños, hurto, robo...).
• El pago del préstamo puede ser objeto de diversos riesgos (pérdida de trabajo, accidente, fallecimiento...).
• Códigos europeos de transparencia y leyes bancarias actualizadas.